Una norma que las empresas no pueden perder de vista
La Ley 2573 de 2026 trae un mensaje muy claro: una persona que fue suplantada no debe cargar con deudas, cobros o reportes negativos por productos o servicios que nunca contrató.
Esta norma es especialmente relevante en un país donde cada vez más operaciones se hacen por canales digitales: créditos, planes de telefonía, compras financiadas, servicios en línea y vinculaciones comerciales. En todos estos casos, las empresas tienen que verificar mejor la identidad de sus clientes y conservar evidencia suficiente para demostrar que actuaron con cuidado.
¿A quién aplica esta ley?
La Ley 2573 de 2026 aplica a entidades financieras, operadores de telecomunicaciones, comercios que venden bienes o servicios a crédito, centrales de riesgo y empresas que reportan información financiera, crediticia o comercial.
En la práctica, les exige contar con procesos más sólidos para:
- Atender reclamos por suplantación y revisar documentos de forma diligente.
- Suspender o corregir cobros cuando corresponda.
- Evitar que una víctima termine afectada en su historial crediticio.
- Incluir la leyenda "víctima de falsedad personal" cuando aplique.
- Revisar el score o calificación crediticia sin perjuicio para el titular.
El punto más crítico: la ruta de revisión obligatoria
Uno de los aspectos más relevantes de la norma es que, cuando una persona alegue haber sido víctima de suplantación, las entidades deberán activar una ruta de revisión formal. Esto incluye el cotejo de documentos, la corrección de reportes negativos y la revisión del historial crediticio del afectado.
La entrada en vigencia general está prevista para el 20 de noviembre de 2026. Pero la tarea no termina ahí.
El verdadero reto: no es solo conocer la ley
La norma requiere seguimiento continuo porque las autoridades competentes, especialmente la Superintendencia de Industria y Comercio deberán expedir o ajustar reglas que expliquen cómo se aplicarán estas obligaciones en la práctica.
Ya existe un proyecto de resolución de la SIC que busca ajustar temas como reclamos por suplantación, reportes ante operadores de información, habeas data financiero y actualización del Registro Nacional de Bases de Datos.
El verdadero reto no es solo conocer que existe una nueva ley. Es saber cuándo empieza a aplicar, qué obligaciones concretas genera, qué autoridad debe reglamentarla y qué cambios deben prepararse internamente antes de que el cumplimiento sea exigible.

Por qué reaccionar tarde tiene consecuencias reales
En un entorno regulatorio cada vez más dinámico, enterarse tarde de una norma no es solo un problema de información. Es un riesgo operativo, reputacional y sancionatorio. Las empresas que no anticipen los ajustes que exige la Ley 2573 de 2026 pueden enfrentar:
- Sanciones de la SIC por incumplimiento en el manejo de reclamos por suplantación
- Afectación reputacional por gestión inadecuada de casos de víctimas
- Contingencias legales por reportes negativos indebidos no corregidos a tiempo
- Falta de evidencia de diligencia ante una investigación o requerimiento
Ahí es donde ALINEA se convierte en un aliado clave
ALINEA permite hacer seguimiento a normas como esta desde el momento en que se expiden: conocer sus fechas de entrada en vigencia, recibir alertas cuando se publiquen los decretos, resoluciones, circulares o instrucciones que las reglamenten y monitorear el estado de los proyectos normativos relacionados desde su etapa de discusión hasta la expedición de la reglamentación definitiva.
Esto permite pasar de una reacción tardía a una gestión anticipada del cumplimiento. El valor no está solo en saber que existe una nueva ley, sino en tener visibilidad normativa, trazabilidad y claridad para tomar decisiones a tiempo.
¿Tu empresa ya sabe cómo prepararse para el 20 de noviembre?
Frente a la Ley 2573 de 2026, el reto no es solo cumplir. Es saber cuándo y cómo prepararse para cumplir. Y ese es precisamente el valor de ALINEA.
Conoce cómo ALINEA te ayuda a anticiparte a los cambios regulatorios
