En Colombia, los títulos valores electrónicos, como los pagarés electrónicos, cuentan con pleno reconocimiento legal. La legislación nacional establece que estos documentos pueden cumplir con todos los requisitos para ser considerados títulos ejecutivos, lo que los hace válidos para iniciar procesos judiciales de cobro.
Regulación y definición
- La Ley 527 de 1999 reconoce los mensajes de datos como equivalentes a documentos escritos.
- El artículo 6 de la Ley 527 señala que “cuando cualquier norma requiera que la información conste por escrito, ese requisito quedará satisfecho con el mensaje de datos”.
- Según la doctrina, un título valor electrónico es “una declaración unilateral de voluntad generadora de derechos y obligaciones, plasmada en un documento electrónico, informático o digital, que permite el derecho literal y autónomo que en él se incorpora”.
Requisitos legales de los títulos valores electrónicos
Los pagarés electrónicos firmados con SIGNIO cumplen con los requisitos del Código de Comercio:
✔️ Documento original en formato electrónico.
✔️ Identificación clara de las partes y sus derechos y obligaciones.
✔️ Soporte material y registro verificable a través de plataformas confiables como DECEVAL y Depósito Central de Valores del Banco de la República.
✔️ Cumplimiento de artículos 619, 621 y 709 del Código de Comercio para otorgarles fuerza ejecutiva.
Antecedentes judiciales en Colombia
Existen varios pronunciamientos que respaldan la validez de los títulos valores electrónicos:
- Juzgado 10° Civil Municipal de Oralidad de Medellín – Auto del 27 de julio de 2020: Reconoce el pagaré electrónico como título ejecutivo (Expediente 05001-40-03-010-2020-000126-00).
- Tribunal Superior de Medellín – Auto del 27 de julio de 2020: Confirma validez del documento electrónico como título ejecutivo.
- Tribunal Superior de Bogotá – Auto del 1° de octubre de 2020: Reafirma mérito ejecutivo de documentos firmados electrónicamente.
Otros juzgados donde se han admitido pagarés electrónicos firmados con SIGNIO:
- Juzgado 19 Civil del Circuito Bogotá
- Despacho 5 Juzgado Municipal Civil Oralidad Barranquilla
- Juzgado 42 Pequeñas Causas y Competencia Múltiple Bogotá
- Juzgado 28 Pequeñas Causas y Competencia Múltiple Bogotá
- Juzgado 69 Civil Municipal Bogotá
- Juzgado 14 Pequeñas Causas y Competencia Múltiple Bogotá
- Juzgado 14 Civil Municipal de Cali
- Juzgado 17 Civil Municipal de Cali
- Juzgado 2 Civil Municipal de Bucaramanga
Desde finales de 2021, pagarés electrónicos firmados con SIGNIO y custodiados por INTEGRA han sido utilizados en procesos judiciales, siendo reconocidos como títulos ejecutivos y generando mandamientos de pago.
Los pagarés electrónicos en Colombia tienen respaldo legal, validez probatoria y mérito ejecutivo, permitiendo iniciar procesos judiciales confiables. Su firma digital con SIGNIO y custodia por plataformas confiables garantiza autenticidad, integridad y no repudio, cumpliendo todos los estándares legales y judiciales.
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